Salario variable o mixto: cómo se calcula el SBC con el promedio del bimestre

Respuesta corta: si parte de lo que cobras son comisiones, bonos por productividad o destajo, tu salario base de cotización (SBC) no se calcula con lo que ganaste este mes sino con el promedio diario de los dos meses anteriores: se suman las variables del bimestre y se dividen entre los días de salario devengado (art. 30, fracción II, LSS). Si además tienes sueldo fijo, el salario es mixto y ese promedio se suma a la parte fija ya integrada (art. 30-III). El patrón avisa el nuevo promedio al IMSS en los primeros cinco días hábiles de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre (art. 34-II). Por eso el SBC de quien cobra comisiones sube y baja cada dos meses aunque el sueldo fijo no se toque.

Esta guía muestra la regla artículo por artículo, el calendario de 2026 con los días de cada bimestre, un ejemplo con tres bimestres resuelto en pesos y qué pasa cuando no hay comisiones, cuando todo el salario es variable y cuando se cruza el tope. Los artículos citados se leyeron en el texto vigente de la Ley del Seguro Social (última reforma DOF 15-01-2026) el 2026-09-21; la fórmula del factor y el resto del SBC están en la guía del salario diario integrado.

Fijo, variable o mixto: qué dice la ley

El art. 30 de la LSS reparte los salarios en tres casos, y el tuyo decide cómo se calcula la base:

Y el art. 34 dice cómo se junta todo: «El salario diario se determinará, dividiendo el importe total de los ingresos variables obtenidos en el bimestre anterior entre el número de días de salario devengado y sumando su resultado a los elementos fijos del salario diario.»

Cómo se calcula, paso a paso

  1. Parte fija integrada. Sueldo mensual ÷ 30 (art. 29-II) × factor de integración. Con las prestaciones mínimas de la LFT en 2026 el factor es 1.0493 (15 días de aguinaldo y 25% de prima sobre 12 días de vacaciones el primer año). Con $10,000.00 al mes: $333.33 × 1.0493 = $349.77 diarios.
  2. Promedio variable. Todas las comisiones, bonos o destajo cobrados en el bimestre anterior ÷ días de salario devengado del bimestre (los días naturales del periodo si trabajaste todo el bimestre; menos las ausencias sin pago). Ese promedio no se vuelve a multiplicar por el factor: la ley manda sumarlo tal cual a los elementos fijos.
  3. SBC diario = parte fija integrada + promedio variable, con el tope de 25 UMA ($2,932.75 en 2026) y el piso del salario mínimo ($315.04). SBC mensual = diario × 30.
  4. Aviso al IMSS en los primeros cinco días hábiles del mes siguiente al bimestre (art. 34-II), con efectos desde la fecha del cambio (art. 35).

El calendario de 2026: bimestres, días y mes de aviso

Los días de cada bimestre son el divisor del promedio cuando se trabajó el periodo completo. Se derivan del calendario del año, no se teclean.

Bimestre que se promediaDías naturalesAviso al IMSS (art. 34-II)Rige el SBC durante
enero-febrero 59 primeros 5 días hábiles de marzo marzo-abril
marzo-abril 61 primeros 5 días hábiles de mayo mayo-junio
mayo-junio 61 primeros 5 días hábiles de julio julio-agosto
julio-agosto 62 primeros 5 días hábiles de septiembre septiembre-octubre
septiembre-octubre 61 primeros 5 días hábiles de noviembre noviembre-diciembre
noviembre-diciembre 61 primeros 5 días hábiles de enero de 2027 enero-febrero de 2027

Ejemplo con comisiones: tres bimestres, tres bases distintas

Sueldo mixto: $10,000.00 fijos al mes ($333.33 diarios; $349.77 ya integrados con el factor 1.0493) más comisiones que cambian de un bimestre a otro. El sueldo fijo no se toca en ningún momento; lo único que cambia es el promedio del bimestre anterior.

Bimestre que se promediaComisiones del bimestrePromedio diario variableFijo integradoSBC diarioSBC mensualRige desde
mayo-junio $18,000.00 $18,000.00 ÷ 61 = $295.08 $349.77 $644.85 $19,345.50 julio
julio-agosto $6,000.00 $6,000.00 ÷ 62 = $96.77 $349.77 $446.54 $13,396.20 septiembre
septiembre-octubre $27,000.00 $27,000.00 ÷ 61 = $442.62 $349.77 $792.39 $23,771.70 noviembre

Del primer bimestre al segundo el SBC baja $198.31 diarios; del segundo al tercero sube $345.85. Mismo sueldo fijo en los tres. Sin ninguna comisión en un bimestre, la base del siguiente sería solo la parte fija integrada: $349.77 diarios. Calculado en build con sbc() sobre el dataset 2026.

Si todo tu salario es variable

Sin parte fija, el SBC es directamente el promedio del bimestre anterior. Con $14,000.00 de comisiones en julio-agosto (62 días): $14,000.00 ÷ 62 = $315.04 diarios desde septiembre. Con $9,000.00 en el mismo bimestre, el promedio daría $145.16, por debajo del salario mínimo, así que se cotiza sobre el piso de $315.04 diarios (art. 29-III).

Tope de 25 UMA y piso del salario mínimo

Cómo revisar que tu patrón lo calcule bien

Fuentes

Guía publicada el 2026-09-28. Contenido informativo; no sustituye la asesoría de un contador ni la determinación del IMSS.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el salario base de cotización si cobro comisiones?

Con el promedio del bimestre anterior: se suman «los ingresos totales percibidos durante los dos meses inmediatos anteriores» y se dividen «entre el número de días de salario devengado en ese período» (art. 30, fracción II, LSS). Si además tienes sueldo fijo, el salario es mixto y ese promedio se suma a la parte fija ya integrada (art. 30-III). El patrón comunica el nuevo promedio al IMSS en los primeros cinco días hábiles de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre (art. 34-II). En el ejemplo de esta guía, $10,000.00 fijos más $18,000.00 de comisiones en mayo-junio dan un SBC de $644.85 diarios para julio.

¿Por qué bajó mi SBC si mi sueldo fijo no cambió?

Porque bajó el promedio de tus variables. El fijo se queda igual, pero el promedio de comisiones del bimestre anterior se recalcula cada dos meses: un bimestre flojo baja la base del siguiente aunque no te hayan tocado el sueldo. En el ejemplo, pasar de $18,000.00 a $6,000.00 de comisiones baja el SBC $198.31 diarios. Es el art. 30, fracción II, funcionando; el efecto empieza en la fecha del cambio (art. 35). La explicación completa de todas las causas está en la guía del salario diario integrado.

¿El factor de integración se aplica a las comisiones?

A la parte fija sí: el sueldo diario se multiplica por el factor (1.0493 con las prestaciones mínimas de 2026) porque el aguinaldo y la prima vacacional forman parte del salario base de cotización (art. 27 LSS). El promedio de las variables se suma después, sin volver a multiplicarlo: la ley dice que el salario diario se determina «sumando su resultado a los elementos fijos del salario diario» (art. 34, último párrafo). Si tu contrato calcula aguinaldo y prima también sobre las comisiones, tu nómina puede integrar esa parte: revísalo en el recibo.

¿Qué pasa si en un bimestre no cobro ninguna comisión?

El promedio variable es cero y en el siguiente bimestre cotizas solo con la parte fija integrada: $349.77 diarios con $10,000.00 de sueldo. Si tu salario es 100% variable, el piso es el salario mínimo: «en ningún caso se recibirán cuotas con base en un salario inferior al mínimo» (art. 29-III), $315.04 diarios en 2026 ($440.87 en la Zona Libre de la Frontera Norte).

¿Cuándo tiene que avisar el patrón el cambio de salario variable?

Dentro de los primeros cinco días hábiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre (art. 34, fracción II, LSS), con el promedio del bimestre que acaba de terminar. Los cambios de la parte fija —sueldo, prestaciones, aniversario— se avisan en cinco días hábiles contados desde el día siguiente al cambio (art. 34-I), y si vienen de la revisión del contrato colectivo, en treinta días naturales (último párrafo del art. 34).

¿Las comisiones tienen tope para el IMSS?

El SBC sí: 25 UMA diarias (art. 28 LSS), $2,932.75 al día y $87,982.50 al mes en 2026. Si la suma del fijo integrado y el promedio variable supera el tope, cotizas sobre el tope y las cuotas, las incapacidades y la aportación al INFONAVIT ya no crecen con lo que ganes por encima.