Calculadora de finiquito (renuncia)

Calcula lo que te corresponde por ley al terminar la relación laboral por renuncia o mutuo acuerdo. ¿Te despidieron sin causa? Usa la calculadora de liquidación.

Puedes usar decimales: 2 años y medio = 2.5
Desde el 1 de enero hasta tu último día.
Montos brutos: la retención de ISR sobre aguinaldo e indemnizaciones tiene reglas y exenciones propias. Resultado informativo, no es asesoría legal.

Cómo se calcula, paso a paso

  1. Salario diario: sueldo mensual ÷ 30.
  2. Aguinaldo proporcional: salario diario × 15 días × (días trabajados del año ÷ 365).
  3. Vacaciones proporcionales: días que te tocan por antigüedad × la fracción del año trabajada, pagadas a salario diario.
  4. Prima vacacional: 25% sobre el pago de vacaciones.
  5. Prima de antigüedad (solo con 15+ años al renunciar): 12 días por año, con salario topado a 2 veces el mínimo.

Preguntas frecuentes

¿Qué incluye el finiquito si renuncio?

Los días de salario que no te hayan pagado, el aguinaldo proporcional al tiempo trabajado del año, las vacaciones proporcionales no gozadas y su prima vacacional (mínimo 25%). Si tienes 15 años o más de antigüedad, también la prima de antigüedad de 12 días de salario por año (topada a 2 salarios mínimos).

¿El finiquito es lo mismo que la liquidación?

No. El finiquito corresponde a cualquier fin de la relación laboral (incluida tu renuncia). La liquidación aplica cuando te despiden sin causa justificada e incluye además 3 meses de salario y 20 días por año trabajado. Si te despidieron, usa la calculadora de liquidación.

¿En cuánto tiempo deben pagarme el finiquito?

La LFT no fija un plazo exacto; en la práctica se paga al momento de la salida o dentro de los días siguientes. Si no te lo pagan, tienes hasta un año para reclamarlo y puedes acudir a la PROFEDET, que ofrece asesoría y representación gratuitas.

¿Al finiquito se le descuenta ISR?

Sí, algunas partes pagan ISR (por ejemplo el aguinaldo por encima de 30 UMA de exención). La retención de indemnizaciones tiene reglas propias (art. 96 LISR). Esta calculadora muestra montos brutos; el neto exacto depende de tu caso.

¿Cuántos días de vacaciones me tocan?

Desde la reforma de vacaciones dignas (2023): 12 días el primer año, +2 por año hasta llegar a 20 en el quinto; después aumenta 2 días cada 5 años de servicio. En el finiquito se pagan los días proporcionales no gozados más su prima.